Calculadora de plazos Ley Karin
Ingrese la fecha en que la organización recibió una denuncia de acoso o violencia en el trabajo y vea cada plazo legal, en días hábiles.
Fecha en que se recibió la denuncia
Cómo se cuentan los plazos
- Días hábiles: de lunes a viernes, sin feriados. Así lo dispone el reglamento (D.S. N° 21 de 2024) y lo ha precisado la Dirección del Trabajo.
- El plazo parte al día siguiente de la recepción de la denuncia: el día en que llega no se cuenta.
- Las medidas de resguardo no esperan: se adoptan apenas se recibe la denuncia, sin importar si se investiga internamente o se deriva.
- La investigación puede terminar antes de los 30 días. Si ingresa la fecha real, el informe y los pasos siguientes se recalculan desde ahí.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si la denuncia llega por la Dirección del Trabajo?
La DT investiga directamente o puede pedir al empleador que lo haga. En cualquier caso, el empleador debe adoptar las medidas de resguardo que se le indiquen.
¿Cuándo se deriva siempre a la DT?
Cuando la denuncia es contra quien representa al empleador, o cuando el empleador decide no investigar internamente. También puede derivarse si no hay personas idóneas para investigar.
¿Y si no cumplo un plazo?
La Dirección del Trabajo puede multar al empleador. Además, una investigación fuera de plazo debilita sus conclusiones y la defensa de la organización ante un reclamo judicial.
Plazos según la Ley N° 21.643, el Código del Trabajo (art. 211-A y siguientes) y su reglamento (D.S. N° 21 de 2024 del Ministerio del Trabajo). Herramienta orientativa: no constituye asesoría legal.